A medida que la Inteligencia Artificial se convierte en una herramienta clave para empresas, gobiernos y ciudadanos, también crece la necesidad de regular su uso de forma clara, segura y ética. España, al igual que el resto de países de la Unión Europea, está adaptando su marco legal para garantizar que el desarrollo y aplicación de estas tecnologías se realicen con garantías para los derechos fundamentales, la privacidad y la transparencia.
Aunque muchas personas desconocen que existen normativas vigentes que afectan directamente al uso de la IA, lo cierto es que la regulación está avanzando, especialmente de la mano de la Unión Europea y sus Estados miembros.
Leyes de inteligencia artificial en España
España se enfrenta al reto de adaptar su marco legal a una tecnología que avanza mucho más rápido que las leyes tradicionales.
Hasta que el sonado anteproyecto de Ley de Ia deje de ser eso mismo, un anteproyecto y se transforme en una ley completa, el ordenamiento jurídico español ya contempla ciertas normas que establecen límites, garantías y mecanismos de supervisión para su uso, especialmente cuando entra en juego la protección de datos o los derechos fundamentales de las personas.
Legislación sobre Inteligencia Artificial en España
A día de hoy, España no cuenta con una ley específica y exclusiva sobre Inteligencia Artificial. Sin embargo, sí existe un conjunto de normas y disposiciones legales que regulan indirectamente su desarrollo y aplicación, especialmente en lo que respecta a la protección de datos, los derechos digitales, la supervisión tecnológica y la responsabilidad civil.
A continuación, exploramos qué legislación afecta actualmente al uso de la inteligencia artificial en España y cómo se está preparando el país para aplicar la nueva normativa europea en la materia.
Artículo 9 bis de la Estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
En el marco de la estructura del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el Artículo 9 bis del Real Decreto 403/2020 (modificado por sucesivos decretos organizativos) regula la existencia y funciones de la Dirección General de Digitalización e Inteligencia Artificial, como órgano clave en el desarrollo de la estrategia tecnológica nacional.
Esta dirección general depende de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial y tiene como objetivo impulsar la transformación digital del país, con especial foco en la adopción de tecnologías emergentes, como la inteligencia artificial, en todos los sectores de la economía y la administración pública.
Sus competencias incluyen:
- Elaborar y coordinar la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (ENIA).
- Fomentar el uso ético y seguro de la IA en colaboración con organismos públicos y privados.
- Coordinar proyectos financiados con fondos europeos que integren IA, automatización, big data y tecnologías habilitadoras.
- Impulsar la colaboración público-privada para el desarrollo del ecosistema digital español.
- Apoyar la implantación de la AESIA y el despliegue normativo del AI Act en el contexto nacional.
Esta dirección general es, por tanto, uno de los principales motores institucionales del desarrollo normativo y estratégico de la inteligencia artificial en España, combinando visión política, planificación técnica y coordinación interministerial.
Anteproyecto de Ley para el buen uso y la gobernanza de la Inteligencia Artificial en España
Con el objetivo de cumplir y hacer cumplir el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial (AI Act), el Gobierno de España ha presentado un Anteproyecto de Ley para la creación de una Autoridad Administrativa Independiente de Supervisión de la Inteligencia Artificial.
Esta nueva entidad pública tendrá personalidad jurídica propia y plena independencia funcional, y será la encargada de vigilar, controlar y garantizar el uso responsable de los sistemas de IA en el país.
Entre sus funciones principales destacan:
- Clasificar y evaluar los sistemas de IA según el nivel de riesgo que presenten.
- Supervisar el cumplimiento de la normativa tanto por parte de empresas privadas como de administraciones públicas.
- Imponer sanciones cuando se detecten usos irregulares o perjudiciales de la IA.
- Emitir informes técnicos, recomendaciones y guías de buenas prácticas.
- Servir como enlace entre España y las instituciones europeas en materia de gobernanza de la inteligencia artificial.
Este organismo estará adscrito al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y se financiará mediante recursos públicos, tasas administrativas y otros ingresos regulados por ley.
La creación de esta autoridad forma parte del compromiso de España con un modelo ético, transparente y seguro de desarrollo de la IA, en consonancia con los valores europeos y con especial atención a la protección de los derechos fundamentales, la no discriminación y la trazabilidad de los algoritmos.
Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (ENIA)
España cuenta con una hoja de ruta oficial para impulsar el desarrollo de la inteligencia artificial de forma ética, inclusiva y sostenible: la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (ENIA), aprobada en diciembre de 2020 y enmarcada dentro de la Agenda España Digital 2026.
La ENIA establece líneas de actuación en cinco grandes áreas:
- Reforzar la investigación científica en IA.
- Promover su uso en el tejido productivo.
- Desarrollar talento especializado.
- Integrar la IA en las administraciones públicas.
- Garantizar un marco ético y regulador que respete los derechos fundamentales.
Aunque no se trata de una norma jurídica vinculante, esta estrategia orienta las políticas públicas y las inversiones del Estado en proyectos de inteligencia artificial, especialmente a través de los fondos europeos Next Generation.
Además del plan nacional, algunas comunidades autónomas han empezado a elaborar sus propias estrategias regionales de IA.
Un ejemplo destacado es la Estrategia Andaluza de Inteligencia Artificial, que persigue fomentar el uso responsable de esta tecnología en sectores clave como la salud, la agricultura, el turismo o la educación, y reforzar el ecosistema andaluz de innovación tecnológica.
Estatuto de la AESIA (Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial)
El Real Decreto 729/2023, publicado el 2 de septiembre de 2023, aprobó el Estatuto de la AESIA, convirtiendo a España en pionera en Europa al crear una autoridad nacional dedicada exclusivamente a la supervisión de la IA.
¿Qué implica este Estatuto? Pues define las funciones principales del organismo y la naturaleza jurídica y adscripción de AESIA, que es una agencia estatal de derecho público, con autonomía de gestión, adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial. Así pues, AESIA se encarga de:
- Supervisar el cumplimiento de la normativa nacional y europea en materia de IA.
- Evaluar y clasificar los sistemas de IA según su nivel de riesgo.
- Certificar herramientas de IA y sancionar a los infractores.
- Asesorar, formar e informar a entidades públicas y privadas sobre buenas prácticas.
- Actuar como enlace con la Comisión Europea y coordinar esfuerzos entre autoridades miembro del AI Act.
Consejo Asesor Internacional de Inteligencia Artificial
Como parte de su estrategia para posicionarse como un referente ético y regulador en el ámbito de la inteligencia artificial, el Gobierno de España ha impulsado la creación del Consejo Asesor Internacional de Inteligencia Artificial.
Este órgano consultivo está compuesto por expertos internacionales de primer nivel en ética, tecnología, derecho, economía y ciencias sociales, y tiene como misión principal asesorar al Ejecutivo en el desarrollo de políticas públicas relacionadas con la IA.
Entre sus funciones destacan:
- Aportar una visión crítica y multidisciplinar sobre los desafíos éticos, sociales y legales de la IA.
- Evaluar el impacto de los sistemas inteligentes en los derechos fundamentales, la equidad, la privacidad y la cohesión social.
- Emitir recomendaciones sobre marcos normativos, modelos de gobernanza y mecanismos de supervisión algorítmica.
- Proponer medidas para fomentar una inteligencia artificial centrada en el ser humano y alineada con los valores democráticos.
Este consejo se alinea con las iniciativas de otras potencias globales (como la OCDE, la UNESCO o la Comisión Europea) que promueven una inteligencia artificial confiable, explicable y justa.
Su existencia refuerza el compromiso institucional de España no solo con la regulación y supervisión técnica de la IA, sino también con la reflexión ética y estratégica sobre su impacto a largo plazo en la sociedad.
Artículo 23 de la Ley de Igualdad de Trato sobre la Inteligencia Artificial y decisiones automatizadas
En el marco de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, el Artículo 23 introduce por primera vez en una norma de rango orgánico en España la referencia explícita a los sistemas de inteligencia artificial y toma de decisiones automatizadas, vinculándolos directamente con la protección de derechos fundamentales.
Este artículo establece que:
- Las decisiones que se tomen de forma total o parcialmente automatizada mediante algoritmos o sistemas de inteligencia artificial no podrán discriminar directa ni indirectamente por razón de sexo, edad, origen, discapacidad, orientación sexual, religión, opinión u otras condiciones personales o sociales.
- Se deberá garantizar la transparencia, explicabilidad y supervisión humana de estos sistemas en los contextos donde puedan afectar a derechos o generar impactos significativos.
- Las entidades que usen IA en procesos de selección, contratación, concesión de servicios o asignación de recursos públicos tendrán la obligación de prevenir sesgos algorítmicos y asegurar mecanismos de corrección y control.
Este artículo representa un avance normativo crucial, ya que vincula el despliegue de sistemas inteligentes con el principio de igualdad de trato.
La IA y LOPD
El desarrollo y aplicación de la inteligencia artificial conlleva inevitablemente el tratamiento de datos personales, lo que hace imprescindible el cumplimiento estricto de la normativa vigente en materia de privacidad y transparencia.
En España, la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) es el marco normativo de referencia. En su Artículo 2, se establece el ámbito de aplicación de los Títulos I a IX y de los artículos 89 a 94, dejando claro que la ley también se aplica al tratamiento automatizado de datos personales, incluyendo los realizados mediante sistemas de inteligencia artificial.
Esto significa que cualquier sistema de IA que recopile, analice o procese datos personales deberá garantizar:
- La licitud del tratamiento.
- La minimización de datos.
- El consentimiento informado del usuario.
- El derecho a la información, el acceso, la rectificación y, en su caso, la oposición o supresión.
Además, la transparencia en el uso de algoritmos es otra obligación clave. La Disposición final undécima de la LOPDGDD modifica la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, e introduce la necesidad de que las administraciones públicas publiquen un inventario de actividades de tratamiento, especialmente cuando impliquen decisiones automatizadas.
Este requisito obliga a las entidades públicas a detallar:
- Qué tratamientos de datos realizan.
- Qué algoritmos se utilizan.
- Con qué finalidad y bajo qué justificación legal.
Con ello, se busca prevenir abusos algorítmicos y garantizar que los sistemas automatizados que afectan a la ciudadanía puedan ser auditados y explicados, especialmente en contextos sensibles como la sanidad, la educación, los servicios sociales o la justicia.
Regulación de la Inteligencia Artificial en la Unión Europea (UE)
La Unión Europea ha dado un paso histórico con la aprobación del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial (AI Act), el primer marco legal integral del mundo que regula esta tecnología.
Aprobado en 2024 y de aplicación progresiva a partir de 2025, el AI Act busca establecer un equilibrio entre la innovación tecnológica y la protección de los derechos fundamentales, la seguridad de las personas y la confianza pública en los sistemas inteligentes.
A diferencia de aproximaciones más laxas, como las adoptadas en Estados Unidos, el enfoque europeo parte de una premisa clara: no todas las inteligencias artificiales representan el mismo nivel de riesgo.
Por ello, el reglamento propone una clasificación por niveles, donde las obligaciones legales aumentan en función del impacto potencial del sistema. Clasificación por niveles de riesgo del AI Act:
- Riesgo mínimo o nulo: Aquí se sitúan los sistemas de IA más comunes y cotidianos, como los filtros de spam o los algoritmos de recomendación de productos. Al no representar una amenaza significativa, no están sujetos a requisitos regulatorios adicionales.
- Riesgo limitado: Son sistemas que requieren cierta transparencia, como los chatbots, los generadores de texto o imagen y otros asistentes virtuales. La normativa exige que el usuario sea informado claramente de que está interactuando con una inteligencia artificial, evitando confusión o engaño.
- Alto riesgo: Esta categoría incluye las aplicaciones más sensibles: desde herramientas de selección de personal hasta sistemas usados en hospitales, juzgados, aeropuertos o infraestructuras críticas. En estos casos, el reglamento impone estrictos controles, como:
- Supervisión humana obligatoria
- Garantía de calidad en los datos utilizados
- Trazabilidad y explicabilidad del sistema
- Evaluaciones de impacto previas a su despliegue
- Registro del sistema en una base de datos europea
- Riesgo inaceptable: Son sistemas directamente prohibidos por la legislación europea, como la puntuación social automatizada (similar a la que ya se ha ensayado en China), el reconocimiento facial masivo sin autorización legal o las tecnologías que manipulan el comportamiento humano de forma encubierta. Estos usos son considerados incompatibles con los derechos fundamentales.
Además de esta clasificación, el AI Act establece una serie de obligaciones para desarrolladores, proveedores y usuarios de sistemas de IA, especialmente si operan en el mercado europeo. Estas incluyen desde documentación técnica y auditorías hasta la aplicación de mecanismos de gobernanza, supervisión y ciberseguridad.
Las sanciones por incumplimiento no son menores: las multas pueden alcanzar los 35 millones de euros o el 7 % de la facturación global de la empresa infractora, según la gravedad del caso.
Aunque el reglamento ya ha sido aprobado, su implementación será progresiva. Algunas obligaciones comenzarán a aplicarse en 2025, mientras que otras (sobre todo las que afectan a sistemas de alto riesgo) contarán con un periodo transitorio hasta 2026 para que empresas y administraciones se adapten.
Con esta legislación, la Unión Europea se consolida como el actor global que marca el estándar ético y legal en el desarrollo de la inteligencia artificial, apostando por una tecnología al servicio de las personas, segura, transparente y responsable.
La Directiva de Inteligencia Artificial Responsable (ya retirada)
Antes del AI Act, la Comisión Europea planteó en 2021 una propuesta preliminar bajo el nombre de “Directiva sobre Inteligencia Artificial Responsable”, cuyo objetivo era sentar las bases para una IA que respetara los valores europeos.
Esta directiva buscaba introducir principios éticos, medidas de transparencia y marcos de rendición de cuentas en el desarrollo de sistemas inteligentes.
Sin embargo, tras meses de debate, la propuesta fue retirada para dar paso a una regulación más sólida y vinculante: el AI Act, que tiene carácter de reglamento y por tanto es de aplicación directa en todos los Estados miembro sin necesidad de transposición nacional.
El principal motivo de su retirada fue que, al tratarse de una directiva, dejaba un margen excesivo de interpretación nacional, lo que podría haber generado desigualdades entre países en la protección de derechos y en las obligaciones para las empresas.
Con el AI Act, la UE apuesta por un enfoque armonizado, exigente y legalmente vinculante, especialmente en sectores de alto impacto como sanidad, educación, justicia, empleo o vigilancia pública.
Los menores y la Inteligencia artificial Artificial
Uno de los aspectos más sensibles dentro del desarrollo y regulación de la inteligencia artificial es su impacto sobre los derechos de la infancia y la adolescencia. La protección de los menores frente a posibles riesgos derivados del uso de sistemas automatizados es una prioridad legal y ética en España y en toda la Unión Europea.
Aunque aún no existe una ley específica que regule exclusivamente la relación entre IA y menores, sí hay principios y normas en vigor que ofrecen un marco de protección, especialmente en lo relativo a la privacidad, la educación, la exposición a contenidos, y el uso de algoritmos en entornos digitales:
Tratamiento de datos personales de menores
La LOPDGDD establece que los menores de 14 años no pueden prestar consentimiento por sí mismos para el tratamiento de sus datos. Cualquier sistema de IA que recopile datos de menores debe contar con el consentimiento verificable de sus padres o tutores.
Control del contenido automatizado
Plataformas que utilizan algoritmos para recomendar vídeos, juegos o contenidos personalizados (como redes sociales o servicios de streaming) deben evitar la exposición a contenidos inapropiados, adictivos o potencialmente perjudiciales. Esto se vincula directamente con la responsabilidad de los desarrolladores y la necesidad de controles parentales efectivos.
Educación y alfabetización digital
Las estrategias públicas, como la Estrategia Nacional de IA y el Plan de Competencias Digitales, reconocen la importancia de formar a niños y jóvenes en el uso ético y crítico de la inteligencia artificial. Esto incluye el conocimiento sobre cómo funcionan los algoritmos y cómo proteger sus derechos en entornos digitales.
Prevención del sesgo algorítmico y la discriminación
Cuando se utilizan sistemas automatizados en contextos como la educación, la sanidad o la atención social, es fundamental que los algoritmos no perpetúen sesgos ni tomen decisiones que afecten negativamente a menores por razones de edad, origen o condiciones socioeconómicas.
La legislación en IA deberá evolucionar para incluir garantías específicas para la infancia, especialmente a medida que crezcan las interacciones entre menores y asistentes virtuales, sistemas educativos inteligentes, videojuegos basados en IA y plataformas personalizadas.






