La gestión fiscal es uno de los aspectos en los que suelen quedarse atrapadas las pymes y los autónomos en sus primeros pasos en el ámbito empresarial.
El desconocimiento del área puede llevar al incumplimiento de las obligaciones fiscales con el Estado, lo que representa un riesgo inminente de sanciones, así que más vale tener en cuenta los cambios fiscales de 2017
El inicio de cada año suele estar marcado por una serie de modificaciones por parte del Gobierno en cuanto a impuestos y asuntos fiscales, y 2017 no es la excepción. En ese sentido, la Escuela de Negocios y Dirección, ENyD, ha preparado un listado con los principales cambios fiscales de 2017, información de utilidad para los pequeños empresarios y autónomos que no están familiarizados con la gestión fiscal.
Lo primero que hay que saber, de acuerdo con ENyD, es que el Real Decreto-ley del 3 de diciembre de 2016 es la normativa que regirá el ámbito fiscal.
El listado de cambios fiscales de 2017 de ENyD recoge aspectos del Impuesto de Sociedades, IRPF, IVA, Seguridad Social, impuestos especiales y disposiciones sobre los autónomos, que compartimos a continuación:
Autónomos y Seguridad Social
– Subida del Salario Mínimo Interprofesional de los 9.906,40 euros brutos anuales, independientemente del tipo de contrato.
– Incremento del 3% de la base máxima de cotización: pasa de 3.642 a 3.751 euros. Los trabajadores que cotizan en base máxima podrían tener una reducción en la nómina.
La Proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, presentada el 18 de noviembre de 2016, se encuentra en fase de aprobación. Para los autónomos supondrá una serie de cambios:
– Deducción del IRPF los gastos de vehículo, agua y luz.
– Se mantiene: límite de 250.000 euros anuales para autónomos por módulos y reducción general en el rendimiento neto del 5%.
– Retenciones: se mantienen las retenciones del 15% sobre las facturas. Para nuevos autónomos será del 7% durante el año de alta y los dos siguientes.
Impuesto de Sociedades (IS)
– La desaparición de varias deducciones produce una subida del impuesto; sin embargo, los tipos nominales no sufren alteraciones.
– Compensación de bases imponibles negativas: el límite para compensar pasa del 60% al 70%. Para empresa con una cifra de negocio menor a 20 millones de euros se mantiene el importe mínimo.
– Deducción de pérdidas por transmisión de participaciones: afecta a empresas con participaciones del 5% o superiores a los 20 millones de euros en otra compañía.
– Pérdidas por deterioros anteriores a 2013: las empresas quedan obligadas a integrar en la base imponible al menos la quinta parte de sus pérdidas en ejercicios posteriores a 2013.
– Pagos fraccionados: en el caso de los pagos del IS hechos en abril, octubre y diciembre, el tipo mínimo sube del 18% al 23%.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
– Desaparición del Programa PADRE: todas las declaraciones deberán tramitarse online a través del Sistema de Renta Web. El plazo para la declaración de la renta de 2016 se abrirá el 5 de abril.
Impuesto al Valor Añadido (IVA)
– De momento el IVA se mantiene: superreducido (4%), reducido (8%) y general (21%).
– A partir del 1 de julio, las empresas que facturen más de 6 millones de euros al año, deberán presentar a Hacienda en un plazo de 4 días el detalle del registro de facturas.
Impuestos Especiales
– Tabaco: incremento de un 2,5% para cigarrillos, y un 6,8% para el tabaco de picadura de liar.
– Alcohol y bebidas derivadas: Aumento es del 5%. El vino y la cerveza quedan exentas.
Catastro e Impuesto Sobre el Patrimonio
– Aumenta el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) que afecta a 1.985 localidades, como Córdoba, Valencia o Granada.
– Sobre el Impuesto sobre el Patrimonio: se mantiene la exención de tributar a aquellos que posean un patrimonio inferior a 700.000€, excluida la vivienda habitual hasta los 300.000€.
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Fuente: Cambios fiscales en 2017: novedades para autónomos y pymes. ENyD